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A partir del mes de agosto de 2008, la Empresa adquirió un carácter mixto al contar con
una vinculación de capital privado del 49%. Producto de esta vinculación, y de acuerdo
con el concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP
en febrero de 2009, se determinó la no obligatoriedad para Energía de Pereira de aplicar
el Artículo 1° de la Ley 87 de 1993, en concordancia con el Artículo 5° de la misma.
En este orden de ideas, y retomando la Ley 142, el artículo 46 del Régimen de Servicios
Públicos Domiciliarios define, “Se entiende por control interno el conjunto de actividades
de planeación y ejecución, realizado por la administración de cada empresa para lograr
que sus objetivos se cumplan.
El control interno debe disponer de medidas objetivas de resultado, o indicadores de
gestión, alrededor de diversos objetivos, para asegurar su mejoramiento y evaluación”.
Es así como, contamos con el proceso administrativo de Gestión Estratégica y Control,
liderado por la Gerencia de Direccionamiento y Control Estratégico. Proceso estratégico
que engloba las actividades de seguimiento y evaluación a través de cinco (5)
subprocesos:
Planeación Estratégica y Gestión de Riesgos: se encarga de la planificación,
seguimiento y evaluación de los objetivos organizacionales, y la identificación y gestión
de los riesgos que impactan la gestión organizacional.
Sistema Integrado de Gestión: monitorea y evalúa el cumplimiento de las políticas,
normas y procedimientos internos o externos aplicables.
Auditoría Interna de Gestión: realiza evaluaciones independientes y objetivas de
nuestros procesos.
Asuntos Regulatorios: monitorea y evalúa el cumplimiento de las diferentes normas
emitidas por los entes de control, regulación y vigilancia del sector de energía eléctrica
que son aplicables a la Empresa.
En este último año de gestión, como es costumbre, mantuvimos la certificación del
sistema integrado de gestión de calidad bajo las normas ISO 9001:2015, ISO
14001:2015, ISO 45001:2018 e ISO 55001:2014, que articuladamente con Control
Interno brindan una solidez al ambiente de control y permiten una gestión integral de
El control interno debe disponer de medidas objetivas de resultado, o indicadores de gestión, alrededor de diversos
objetivos, para asegurar su mejoramiento y evaluación.
Artículo 47. Participación de la Superintendencia. Es función de la Superintendencia velar por la progresiva
incorporación y aplicación del control interno en las empresas de servicios públicos. Para ello vigilará que se
cumplan los criterios, evaluaciones, indicadores y modelos que definan las comisiones de regulación, y podrá
apoyarse en otras entidades oficiales o particulares.
Artículo 48. Facultades para asegurar el control interno. Las empresas de servicios públicos podrán contratar con
entidades privadas la definición y diseño de los procedimientos de control interno, así como la evaluación periódica
de su cumplimiento, de acuerdo siempre a las reglas que establezcan las Comisiones de Regulación.
Artículo 49. Responsabilidad por el control interno. El control interno es responsabilidad de la gerencia de cada
empresa de servicios públicos. La auditoría interna cumple responsabilidades de evaluación y vigilancia del control
interno delegadas por la gerencia. La organización y funciones de la auditoría interna serán determinadas por cada
empresa de servicios públicos”.

