Page 61 - informe integrado de gestion 2025
P. 61

energía de Generación Propia se obtuvo a partir de la Granja Solar Belmonte y de las
                  pequeñas centrales hidroeléctricas Belmonte y Libaré.
                  Para este mercado se realizaron negociaciones directas y participación en invitaciones
                  privadas donde:

                      •   Se logra  la  adjudicación  de  la  energía  proveniente  del  Cogenerador  RIOPAILA
                         ENERGÍA  para  el  periodo  comprendido  entre  2026  hasta  2028  para  un  total
                         estimado de 143,86 GWh en Pague lo Generado.

                      •   Se logra la adjudicación de la energía proveniente de RISARALDA ENERGÍA (PCH
                         Morro  Azul)  para  el  periodo  comprendido  entre  septiembre  de  2026  hasta
                         diciembre 2035 para un total estimado de 944,97 GWh en Pague lo Generado.


                  100%
                   90%
                   80%
                   70%
                   60%
                   50%
                   40%
                   30%
                   20%
                   10%
                    0%




                  En los últimos años nos hemos posicionado como un aliado estratégico de los ingenios
                  que requieren representación en el mercado  y la comercialización de sus excedentes
                  provenientes de procesos de  cogeneración. De manera complementaria,  adjudicamos
                  energía a partir de otras fuentes renovables, como pequeños aprovechamientos hídricos.
                  Estas relaciones, que se han venido fortaleciendo desde 2014, han permitido ampliar las
                  oportunidades de intermediación y venta en bloque, generando ingresos adicionales y
                  contribuyendo a cubrir la totalidad de la demanda no regulada.

                  Contratación FNCER
                  El artículo 296 de la Ley 1955 de 2019 estableció para todos los comercializadores que
                  atienden demanda en el país la obligación de incorporar entre un 8% y 10% de energía
                  proveniente de Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER) dentro de su
                  portafolio  de  contratación,  delegando  en  el  Ministerio  de  Minas  y  Energía  (MME)  la
                  reglamentación de esta medida.

                  En  desarrollo  de  dicha  disposición,  la  Resolución  MME  40715  de  2019  determinó  un
                  porcentaje del 10% de contratación de FNCER sobre la demanda regulada a partir de
                  2022  y  asignó  a  la  Superintendencia  de  Servicios  Públicos  Domiciliarios  (SSPD)  las
                  labores de seguimiento y control desde enero de 2023. Posteriormente, la Resolución
   56   57   58   59   60   61   62   63   64   65   66